Doctor Impuesto, nuestro especialista en Tributación, en entrevista con Phillip Butters informó sobre algunos de los gastos que las personas naturales, por primera vez, podrán deducir de su pago del Impuesto a la Renta, sostuvo:
”El tipo de gasto deducible que señala la norma son: gastos de intereses por primera hipoteca, gastos médicos por Recibos por Honorarios de médicos u odontólogos (no facturas de clínicas), arrendamiento hasta un 30% de gasto que se haya tenido en el ejercicio y por último servicios profesionales por renta de cuarta categoría”
Phillip Butters, Capital